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La Coctelera

ANTENAS Y SALUD

El “peligro” de las antenas de telefonía móvil

1. Resumen
2. Introducción
3. Naturaleza de las ondas
4. Variación de la exposición con el número de antenas
5. Exposición debida a las antenas (exposición pasiva)
6. Exposición debida a los teléfonos móviles (exposición activa)
7. Efectos de las ondas electromagnéticas usadas en telefonía móvil
8. Bibliografía

Resumen:
Las ondas empleadas en telefonía móvil deben ser situadas en su justo término y sus efectos no deben ser magnificados gratuitamente. En este trabajo se cuantifica el valor de la densidad de poten-cia de las ondas electromagnéticas usadas por esta nueva tecnología. Las antenas de telefonía móvil instaladas en los tejados producen unas densidades muy bajas. No así los teléfonos móviles, que producen densidades de potencia cercanas a los valores máximos recomendados por el Consejo de Europa.

Introducción
El imparable crecimiento de la telefonía móvil (en España hay ya más de 30 millones de usuarios) es-tá haciendo que se congestionen muchas de las instalaciones existentes, para cuya solución las compañías telefónicas tienen que aumentar el número de estaciones base y por consiguiente el nú-mero de antenas. Dentro de poco, si las trabas normativas autonómicas y municipales no lo retrasan, desde nuestro teléfono móvil UMTS podremos realizar varias conexiones simultáneas de acceso rá-pido a distintos servicios multimedia de alta calidad y a internet de alta velocidad, entrando de lleno de manera masiva en la Sociedad de la Información.

Naturaleza de las ondas
Las ondas usadas en telefonía móvil son similares a las de los hornos microondas domésticos y, co-mo todas las ondas electromagnéticas, se propagan de manera que su intensidad disminuye con el cuadrado de la distancia, según la fórmula
D = P / (4 •  • d2) [1]
siendo
D... densidad de potencia
P... potencia emitida (potencia isótropa radiada equivalente)
d... distancia
Por esta razón son tan bajas las intensidades producidas por las antenas de telefonía móvil: a una distancia de tan sólo 20 m justo enfrente de una de ellas la densidad de potencia es inferior a 10 mi-crovatios por centímetro cuadrado, cuando el valor máximo de la Recomendación del Consejo de Eu-ropa es de 450 (con un coeficiente de seguridad de 50 por debajo del valor considerado inocuo para la salud desde el punto de vista térmico). Y en las viviendas del edificio donde está instalada una an-tena la densidad es todavía cientos de veces inferior porque las antenas emiten horizontalmente y no verticalmente y además hay que tener en cuenta el gran efecto atenuador de los forjados y paredes del edificio. En nuestras calles y casas la densidad de potencia debida a la telefonía móvil es inferior a 1 microvatio/cm2, es decir, más de veinte mil veces (!) por debajo del valor considerado inocuo por la Recomendación. Para hacernos una idea de la magnitud de estas cifras pensemos que en un día claro la radiación del Sol sobre la superficie de la Tierra es de unos 100.000 microvatios/cm2, parte de la cual sí es cancerígena (su componente ultravioleta).
Las ondas empleadas en telefonía móvil deben ser situadas en su justo término y sus efectos no de-ben ser magnificados gratuitamente. Pensemos que nuestro cuerpo de manera natural y continua es-tá irradiando calor al ambiente en forma de rayos infrarrojos y a la vez está absorbiéndolo del am-biente también como rayos infrarrojos.

Cualquier objeto de nuestro entorno (un radiador de calefacción, una mesa, un cubito de hielo...) es-tá siempre emitiendo rayos infrarrojos, que no son otra cosa que ondas electromagnéticas cuya fre-cuencia es unas veinte mil veces superior a las empleadas en telefonía móvil, produciendo ambas ondas en nuestro organismo el mismo efecto, es decir, lo calientan, si bien los infrarrojos penetran algo menos. Nuestro cuerpo está absorbiendo continuamente de los objetos que nos rodean (incluida la ropa que llevamos puesta) una radiación infrarroja con una densidad de potencia de unos 20.000 microvatios/cm2, según la ley de Stefan-Boltzmann. ¿Qué nos puede suponer absorber 1 microva-tio/cm2 de las ondas usadas en la telefonía móvil? Nada.

Variación de la exposición con el número de antenas
En los núcleos pequeños de población se usa una sola antena para dar total cobertura pero en las ciudades eso no es posible porque cada antena tiene un alcance limitado, ya que los edificios atenúan fuertemente las ondas y además cada una sólo puede dar servicio a un número determinado de usuarios. La única solución es instalar más antenas haciendo que la superficie atendida por cada una sea menor y por consiguiente también menor su potencia. El casco urbano de la ciudad queda de esta manera dividido en células independientes, cada una atendida por una antena. Esta es la ra-zón de que los sistemas de telefonía móvil se llamen sistemas celulares.
Veamos cómo disminuye la potencia de cada antena cuando se aumenta su número. Imagi-nemos un casco urbano de forma cuadrada y lado L con una única antena en su centro de potencia P1. La densidad de potencia en el punto más alejado (vértice del cuadrado) es, aplicando la fórmula [1]
D1 = P1 / (2 •  • L2)
Dividamos ahora el cuadrado anterior en N cuadrados iguales de lado L / N1/2 y situemos una antena de potencia PN en el centro de cada uno. La densidad de potencia producida por cada antena en el punto más alejado de su cuadrado es
DN = PN / (2 •  • L2/N)
Poniendo la condición de que la densidad sea la misma en ambos casos (misma calidad, misma cobertura) se obtiene que
PN = P1 / N
es decir, la potencia de cada antena es inversamente proporcional a su número. En realidad la PN necesaria es menor de este valor porque cuando hay una sola antena las ondas encuentran más obstáculos físicos intermedios y se atenúan más.
Calculemos a continuación cómo varía la densidad de potencia total en función del número de ante-nas.

Exposición debida a las antenas (exposición pasiva)
El cálculo puede hacerse de manera analítica, pero resulta complicado. Es más fácil realizarlo numé-ricamente con ayuda del ordenador. Se ha llevado a cabo la comparación entre 1 antena de 800 W y 16 antenas de 50 W en un casco urbano de planta cuadrada de 2 km de lado, el cual se ha dividido a efectos de cálculo en 4 millones de cuadraditos de 1 m2. En ambos casos se ha obtenido la misma densidad de potencia media en todo el casco urbano, es decir la densidad de potencia es la misma con tal de que sea igual la potencia total emitida (800 W en ambos supuestos). En el caso de mayor número de antenas se tiene la ventaja añadida de que la densidad de potencia máxima es menor al estar más uniformemente distribuida.

Exposición debida a los teléfonos móviles (exposición activa)
Las potencias emitidas por los teléfonos móviles son miles de veces inferiores a las de las antenas de los tejados pero su intensidad sobre el cuerpo humano es muy superior a la producida por ellas porque la distancia es pequeñísima, por ejemplo un móvil pegado a la oreja puede producir en la zona inmediata de la cabeza, en situaciones de mala calidad de recepción, una densidad de po-tencia cercana a los valores máximos recomendados por el Consejo de Europa. Por eso se encarece a las personas que usan mucho el móvil que lo hagan con un dispositivo de manos libres de eficacia garantizada. Para ahorrar batería, la potencia emitida por un teléfono móvil se ajusta automáticamen-te al valor mínimo necesario, de manera que es tanto más pequeña cuanto más cerca se encuentre de una antena receptora.

Un móvil que esté cerca de una antena emite una potencia cientos de veces inferior a la suya máxi-ma, la cual sólo se irradia cuando se encuentra a muy larga distancia o con muchos obstáculos físi-cos intermedios (garajes, habitaciones interiores de las viviendas...). Por lo tanto cuantas más ante-nas haya menor será la potencia emitida por los teléfonos móviles y más seguros estarán sus usua-rios. Lo ideal, desde el punto de vista de la salubridad ciudadana, sería instalar una antena de muy baja potencia en cada edificio (picocélula), pero con esto no están muy de acuerdo las compañías te-lefónicas porque cada estación base es muy cara.
La ley de emisión de un teléfono móvil es la misma que la de una antena de una estación ba-se (fórmula [1]). La densidad de potencia, producida por el móvil, que recibe la antena es
D = p / (4 •  • d2)
siendo
p... potencia emitida por el móvil
d... distancia del móvil a la antena receptora
La potencia p se controla desde la estación base de manera que en ésta la densidad sea la mínima necesaria, D0, con lo que
p = 4 •  • d2 • D0
es decir, la potencia emitida por el teléfono móvil es proporcional al cuadrado de su distancia a la an-tena receptora, por lo que cuando hay N antenas la distancia media entre el móvil y su antena más cercana es N1/2 veces inferior al caso de existir una sola, la potencia es N veces inferior y también la densidad de potencia que llega al usuario. Si, por ejemplo, el número de antenas se triplicara, la den-sidad en la oreja caería a la tercera parte.

Efectos de las ondas electromagnéticas usadas en telefonía móvil
Pocas actividades humanas han despertado tan grande inquietud social, causada fundamentalmente por la falta de información (la desinformación siempre causa alarma y la alarma es la causante de los efectos psicosomáticos atribuidos a la telefonía móvil). Y, por tratarse de una nueva tecnología de uso general, también pocas actividades han consumido, y siguen consumiendo, tan ingentes recur-sos económicos en la investigación de sus posibles riesgos. Se han llevado a cabo vastísimos estu-dios epidemiológicos examinando los informes médicos de millones de usuarios de teléfonos móviles y se han efectuado infinidad de pruebas con animales de laboratorio in vivo o con preparados in vitro. Al día de hoy el grueso de la comunidad científica mundial está de acuerdo en que el único efecto de consideración sobre el cuerpo humano de las ondas empleadas en la telefonía móvil es térmico, igual al producido por las ondas de los hornos microondas pero en muchísima menor cantidad (un teléfono móvil emitiendo a su máxima potencia ocasiona en la zona cercana del cerebro un aumento de tan sólo 0,1 °C, cuando el cerebro de manera natural tiene una fluctuación diaria de temperatura mucho mayor). Estas ondas no son ionizantes y tienen una energía inferior en más de cien mil veces y una frecuencia inferior en más de diez millones de veces a las necesarias para romper las débiles unio-nes químicas de la molécula de ADN. Hasta la fecha, y tras los múltiples estudios médicos llevados a cabo, no se ha podido probar que las ondas usadas en telefonía móvil con niveles inferiores a los es-tablecidos por la Unión Europea produzcan cáncer ni afecten negativamente al sistema endocrino o a la producción de melatonina ni a la visión ni al oído ni a la membrana celular ni a la liberación de cal-cio en los tejidos cerebrales ni a la excitabilidad neuronal ni a los sistemas neurotransmisor, hemato-poyético o inmunitario ni al aparato cardiovascular ni a la reproducción ni a la mutagénesis ni a la aberración cromosómica ni a la longevidad. Las evidencias cada vez más claras de su inocuidad han acallado las voces discordantes que, sobre todo en años pasados, alertaban de posibles efectos per-judiciales basándose en estudios aislados, cuyo carácter contradictorio o no reproducible se ha de-mostrado con el paso del tiempo y por consiguiente no han podido ser aceptados científicamente.
Los ciudadanos debemos estar tranquilos y sentirnos seguros con esta nueva, y ya imprescindible, tecnología de la comunicación y ver de buen grado la instalación de nuevas antenas en nuestros te-jados (con la correspondiente disminución de potencia de cada una) para conseguir una mejor cober-tura urbana y una mayor calidad, disminuyéndose a la vez los niveles de exposición a que estamos sometidos.

BIBLIOGRAFIA
“Recomendación 1999/519/CE del Consejo, de 12 de julio de 1999 relativa a la exposición del público en general a campos electromagnéticos (0 Hz a 300 GHz)”. Diario Oficial Comunidades Europeas nº L 199 de 30 de julio de 1999. www.europa.eu.int.
“Teléfonos móviles y salud (Informe Stewart)”. www.nrpb.org/press/response_statements/2004/response_statement_2_04.htm
“Antenas de telefonía móvil y salud humana (Informe Moulder)”.
www.mcw.edu/gcrc/cop/telefonos-moviles-salud/toc.html
“Campos electromagnéticos y salud pública. Los teléfonos móviles y sus estaciones base”. Proyecto EMF (Organización Mundial de la Salud). www.who.int/peh-ef.
“Restrictions on human exposure to static and time varying electromagnetic fields and radia-tion”.National Radiological Protection Board. www.nrpb.org.uk/.
“Plan de comunicación de la telefonía móvil”. J Romeu y A Elías. Universidad Politécnica de Catalu-ña, 30 junio 2000.
“Esposición humana a campos electromagnéticos”. A Martínez y A Díaz. Universidad Politécnica de Cartagena, octubre 1999.
“Teléfonos móviles y salud”. Carlos M Requejo. El Ecologista, invierno 2000/2001.

Juan Andrés Gualda Gil
jgualda@ono.com
www.juangualda.tk
Doctor Ingeniero Industrial
Profesor de la UNED

JUNTA DE ANDALUCIA

Qué son las radiaciones electromagnéticas

Los sistemas de telefonía móvil utilizan la emisión de radiondas para conseguir la comunicación de los usuarios, incluso cuando estos se encuentran en movimiento. Para proporcionar una cobertura con la calidad adecuada, los operadores deben contar con una densa red de estaciones bases, cuya proliferación, unida al uso generalizado de teléfonos portátiles en los últimos tiempos, está suscitando gran preocupación sobre los posibles efectos sobre la salud de estas emisiones. Además, la confusión generada en la opinión pública sobre el término radiaciones contribuye en gran medida a aumentar el temor, por lo que es conveniente explicar, de la forma más fácil y concisa posible qué son las radiaciones electromagnéticas.

En primer lugar, debe aclararse que los aparatos repetidores de telefonía móvil no generan radioactividad, como se manifiesta en algunas ocasiones, sino campos electromagnéticos. Las radiaciones electromagnéticas son ondas producidas por la oscilación o la aceleración de una carga eléctrica, que se transmiten a la velocidad de la luz y no necesitan un medio físico de propagación, es decir, pueden viajar en el vacío. No obstante, existen diferencias fundamentales entre los distintos tipos de radiaciones según su localización en el espectro, que abarca un rango enormemente amplio de frecuencias y sus efectos sobre la materia y los sistemas vivos. Las radiaciones de frecuencias muy altas, como los rayos x y gammas, poseen una energía capaz de producir ionización, esto es, ruptura de uniones químicas. Por ello, este tipo de radiaciones se denominan ionizantes y sus efectos negativos sobre la salud están claramente establecidos. Las radiaciones de frecuencia más bajas, como las microondas y radiofrecuencias en las que operan los sistemas de telefonía móvil, son demasiado débiles para romper uniones químicas, por lo que se las denomina radiaciones no ionizantes, y su interacción con los sistemas vivos es distinta a las de las ionizantes.

Efectos de las radiaciones no ionizantes en los sistemas biológicos.-
Efectos térmicos

Aunque no son capaces de provocar ionización, las radiaciones no ionizantes pueden inducir alteraciones en los sistemas biológicos. En general, los efectos nocivos comprobados bajo exposición a radiofrecuencias están relacionados con la capacidad que poseen de inducir corrientes eléctricas en los tejidos expuestos, lo que conduce a una elevación de la temperatura interna del sistema. Si el aumento de la temperatura corporal inducido por la exposición a la radiación es menor de 1º C , la sangre circulante es capaz, en general, de disipar el exceso moderado de calor. Sin embargo, en ciertas estructuras poco vascularizadas, este incremento puede no ser equilibrado por el sistema con facilidad, y ocasionar daños. Para evitar estos efectos diversas Comisiones de expertos han establecido límites de seguridad para la exposición del público, basados en la evidencia experimental disponible. Entre los más difundidos figuran los del Institute of Electrical and Electronics Engineers and American National Standards Institute (IEEE/ANSI) y los de la International Commission on Non Ionizing Radiation Protection (ICNIRP). Así mismo, la Comisión Europea ha redactado una RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO (1999/519/CE) relativa a la exposición del público en general a campos electromagnéticos (0 HZ a 300 GHZ)[1] de 12 de julio de 1999, que adopta los criterios y límites fijados por la ICNIRP.

Estos límites de exposición han sido incorporados al ordenamiento jurídico español mediante el Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas.
Otros efectos, no térmicos, con posible incidencia sobre la salud

La alarma actual se centra en los posibles efectos para la salud, no térmicos, puestos de manifiesto en algunos estudios epidemiológicos así como trabajos experimentales in vivo (sobre organismos completos) e in vitro (sobre cultivos de células) que sugieren la posible existencia, a largo plazo, de otros efectos de las radiofrecuencias (cancerígenos, genotóxicos, etc.).

Al respecto es necesario señalar que la evidencia epidemiológica no establece, con datos consistentes y reproducibles, la existencia de una clara relación entre exposición a radiofrecuencias y el riesgo incrementado de cáncer, y que los resultados son dispares, incluso contradictorios. Algunos de estos estudios, han sido criticados debido a posibles deficiencias metodológicas.

En cuanto a los trabajos experimentales, algunos han puesto de manifiesto posibles efectos cancerígenos o genotóxicos, pero ninguno ha podido ser replicado. En la mayoría de ellos, se han utilizado intensidades de exposición muy por encima de los límites de seguridad más arriba señalados.

En general, las valoraciones realizadas por la comunidad científica del conjunto de estudios y de los resultados obtenidos hasta el momento actual, coinciden en señalar que no existe suficiente evidencia para deducir que los campos electromagnéticos producen efectos negativos sobre la salud a largo plazo, dentro de los límites de seguridad establecidos por la ICNIRP. Por ello no pueden establecerse límites de exposición crónica a la luz del conocimiento científico.

JUNTA DE CASTILLA Y LEON

Junta de Castilla y León - Consejería de Sanidad - Agencia de Protección de la Salud y Seguridad Alimentaria -

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Consideraciones finales

Después de lo visto, se puede concluir que la utilización de las ondas de radiofrecuencia en la telefonía móvil no presenta evidencia alguna, en el presente, de producir efectos adversos sobre la salud, excepto los térmicos. Para proteger a la población de estos efectos de incremento calórico están dictados estándares que limitan el umbral superior de aquellos parámetros relacionados con la exposición.
Con las potencias de emisión que tienen las instalaciones de telefonía móvil, los estándares de protección se cumplen para las distancias mayores de 6 metros (en el caso mas desfavorable de utilización de máxima potencia) dentro del cono de emisión y evidentemente para una cota inferior mucho mas pequeña fuera de él, y siempre considerando que no hay pantallas absorbentes (tejados).

Aunque sea de forma colateral, conviene señalar que la preocupación de la población se dirige de forma mayoritaria a la instalación de estaciones base de telefonía, sobre todo en el ambiente rural, sin que se preste mayor atención , de forma general, a los propios terminales móviles que presentan una contribución mayor a la absorción energética (sobre los que centran todos los estudios actuales), o bien a otras antenas de emisión que a veces emiten con potencias decenas de miles de veces superiores a las de las estaciones bases. Este hecho da a entender que, consciente o inconscientemente, se pone en juego otras consideraciones aparte de las relacionadas con la salud, como pudieran ser su fuerte impacto visual o consideraciones socio-económicas relacionadas con el propio hecho de la instalación.

Por último señalar que la telefonía móvil reporta beneficios sociales de grandísima magnitud, muchas veces relacionados directamente con la propia salud, que en todo caso hay que tener en cuenta cuando, con bastante ligereza, se suele aplicar el principio de precaución.

ONDAS ELECTROMÁGNETICAS

Campos Electromagnéticos y Salud

Qué son las radiaciones electromagnéticas

Los sistemas de telefonía móvil utilizan la emisión de radiondas para conseguir la comunicación de los usuarios, incluso cuando estos se encuentran en movimiento. Para proporcionar una cobertura con la calidad adecuada, los operadores deben contar con una densa red de estaciones bases, cuya proliferación, unida al uso generalizado de teléfonos portátiles en los últimos tiempos, está suscitando gran preocupación sobre los posibles efectos sobre la salud de estas emisiones. Además, la confusión generada en la opinión pública sobre el término radiaciones contribuye en gran medida a aumentar el temor, por lo que es conveniente explicar, de la forma más fácil y concisa posible qué son las radiaciones electromagnéticas.

En primer lugar, debe aclararse que los aparatos repetidores de telefonía móvil no generan radioactividad, como se manifiesta en algunas ocasiones, sino campos electromagnéticos. Las radiaciones electromagnéticas son ondas producidas por la oscilación o la aceleración de una carga eléctrica, que se transmiten a la velocidad de la luz y no necesitan un medio físico de propagación, es decir, pueden viajar en el vacío. No obstante, existen diferencias fundamentales entre los distintos tipos de radiaciones según su localización en el espectro, que abarca un rango enormemente amplio de frecuencias y sus efectos sobre la materia y los sistemas vivos. Las radiaciones de frecuencias muy altas, como los rayos x y gammas, poseen una energía capaz de producir ionización, esto es, ruptura de uniones químicas. Por ello, este tipo de radiaciones se denominan ionizantes y sus efectos negativos sobre la salud están claramente establecidos. Las radiaciones de frecuencia más bajas, como las microondas y radiofrecuencias en las que operan los sistemas de telefonía móvil, son demasiado débiles para romper uniones químicas, por lo que se las denomina radiaciones no ionizantes, y su interacción con los sistemas vivos es distinta a las de las ionizantes.

Efectos de las radiaciones no ionizantes en los sistemas biológicos.-

Efectos térmicos

Aunque no son capaces de provocar ionización, las radiaciones no ionizantes pueden inducir alteraciones en los sistemas biológicos. En general, los efectos nocivos comprobados bajo exposición a radiofrecuencias están relacionados con la capacidad que poseen de inducir corrientes eléctricas en los tejidos expuestos, lo que conduce a una elevación de la temperatura interna del sistema. Si el aumento de la temperatura corporal inducido por la exposición a la radiación es menor de 1º C , la sangre circulante es capaz, en general, de disipar el exceso moderado de calor. Sin embargo, en ciertas estructuras poco vascularizadas, este incremento puede no ser equilibrado por el sistema con facilidad, y ocasionar daños. Para evitar estos efectos diversas Comisiones de expertos han establecido límites de seguridad para la exposición del público, basados en la evidencia experimental disponible. Entre los más difundidos figuran los del Institute of Electrical and Electronics Engineers and American National Standards Institute (IEEE/ANSI) y los de la International Commission on Non Ionizing Radiation Protection (ICNIRP). Así mismo, la Comisión Europea ha redactado una RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO (1999/519/CE) relativa a la exposición del público en general a campos electromagnéticos (0 HZ a 300 GHZ)[1] de 12 de julio de 1999, que adopta los criterios y límites fijados por la ICNIRP.

Estos límites de exposición han sido incorporados al ordenamiento jurídico español mediante el Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas.

Otros efectos, no térmicos, con posible incidencia sobre la salud

La alarma actual se centra en los posibles efectos para la salud, no térmicos, puestos de manifiesto en algunos estudios epidemiológicos así como trabajos experimentales in vivo (sobre organismos completos) e in vitro (sobre cultivos de células) que sugieren la posible existencia, a largo plazo, de otros efectos de las radiofrecuencias (cancerígenos, genotóxicos, etc.).

Al respecto es necesario señalar que la evidencia epidemiológica no establece, con datos consistentes y reproducibles, la existencia de una clara relación entre exposición a radiofrecuencias y el riesgo incrementado de cáncer, y que los resultados son dispares, incluso contradictorios. Algunos de estos estudios, han sido criticados debido a posibles deficiencias metodológicas.

En cuanto a los trabajos experimentales, algunos han puesto de manifiesto posibles efectos cancerígenos o genotóxicos, pero ninguno ha podido ser replicado. En la mayoría de ellos, se han utilizado intensidades de exposición muy por encima de los límites de seguridad más arriba señalados.

En general, las valoraciones realizadas por la comunidad científica del conjunto de estudios y de los resultados obtenidos hasta el momento actual, coinciden en señalar que no existe suficiente evidencia para deducir que los campos electromagnéticos producen efectos negativos sobre la salud a largo plazo, dentro de los límites de seguridad establecidos por la ICNIRP. Por ello no pueden establecerse límites de exposición crónica a la luz del conocimiento científico.

Principales Informes y Proyectos que deben citarse

Los Ministerios de Ciencia y Tecnología y de Sanidad y Consumo, han recabado de un grupo de expertos independientes información sobre los campos electromagnéticos ambientales, con los siguientes objetivos:

Realizar una evaluación de la evidencia científica disponible acerca de los potenciales efectos de los campos electromagnéticos sobre la salud

Valorar si la recomendación del Consejo de Ministros de Sanidad de la Unión Europea es suficiente para garantizar la salud de la población.

Elaborar las recomendaciones necesarias para que el Ministerio de Sanidad y Consumo pueda adoptar las medidas más eficaces de protección sanitaria.

Las conclusiones obtenidas por este Comité de expertos se encuentran recogidas en el Informe Técnico CAMPOS ELECTROMAGNÉTICOS Y SALUD PÚBLICA, de julio de 2001, y vienen a coincidir sustancialmente con las de los Informes recabados por los gobiernos de Francia y el Reino Unido a otros grupos de expertos (LES TELEPHONES MOBILES, LEURS STATIONS DE BASE ET LA SANTE, Janvier 2001. MOBILE PHONES AND HEALTH. April 2000. Todos estos informes se encuentran disponibles para su consulta en la página web de la Consejería de Salud) y se resumen en los siguientes términos:

Sobre la base del estado actual del conocimiento científico puede afirmarse que

La exposición a campos electromagnéticos no ocasiona efectos adversos para la salud dentro de los límites establecidos en la Recomendación del Consejo de Ministros de Sanidad de la Unión Europea (1999/519/CE) relativa a la exposición del público a campos electromagnéticos de 0 Hz a 300 GHz.

El cumplimiento de la citada Recomendación es suficiente para garantizar la protección sanitaria de los ciudadanos.

En experimentos de laboratorio se han detectado respuestas biológicas que, sin embargo, no son indicativas de efectos nocivos para la salud.

No se ha identificado, hasta el momento, ningún mecanismo biológico que muestre una posible relación causal entre la exposición a campos electromagnéticos y el riesgo de padecer alguna enfermedad.

A los valores de potencia de emisión actuales, a las distancias calculadas en función de los criterios de la Recomendación, y sobre las bases de la evidencia científica disponible, las antenas de telefonía y los terminales móviles no representan un peligro para la salud pública.

En cumplimiento del principio de precaución, y a pesar de la ausencia de indicios de efectos nocivos para la salud, conviene fomentar el control sanitario y la vigilancia epidemiológica con el fin de hacer un seguimiento a medio y largo plazo de las exposiciones a campos electromagnéticos.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) planteó la necesidad de ampliar la investigación científica sobre la materia. Con este objetivo, en el año 1996 puso en marcha el denominado Proyecto Internacional sobre Campos Electromagnéticos con el fin de evaluar los efectos sanitarios y ambientales de la exposición a campos eléctricos y magnéticos estáticos y variables con el tiempo, en la gama de frecuencias de 0-300GHz.

El citado proyecto tiene prevista su finalización en el año 2005, y colaboran con la OMS las siguientes organizaciones:

Comisión Internacional de Protección contra las Radiaciones no Ionizantes (CIPRNI)

Centro Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer (CIIC)

Oficina Internacional del Trabajo (OIT)

Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT)

Unión Europea (UE)

Comisión Electrotécnica Internacional (CEI)

Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA)

Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN)

Normativa de aplicación

Como se ha dicho anteriormente, el Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre, constituye la norma reguladora básica sobre la materia. En el Reglamento que aprueba, además de establecerse unos límites de exposición del público en general a campos electromagnéticos procedentes de emisiones radioeléctricas acordes con las recomendaciones europeas, se atribuyen las competencias de inspección de los servicios y de las redes de telecomunicaciones, de sus condiciones de prestación, de los equipos, de los aparatos, de las instalaciones y de los sistemas civiles al Ministerio de Ciencia y Tecnología, así como la aplicación del régimen sancionador. Además, el Reglamento prevé mecanismos de seguimiento de los niveles de exposición, mediante la presentación de certificaciones e informes por parte de los operadores de telecomunicaciones, la realización de planes de inspección y la elaboración de informes anuales por parte del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

El Ministerio de Sanidad y Consumo tendrá acceso a la información sobre el resultado de las inspecciones y certificaciones arriba señaladas. Las autoridades sanitarias de las Comunidades Autónomas serán informadas por el Ministerio de Sanidad y Consumo cuando lo soliciten.

La Orden CTE/23/2002, de 11 de enero, desarrolla lo dispuesto en los puntos 1, 2, 4 y 7 del artículo 8, el punto 3 del del artículo 9 y el apartado 1 de la disposición transitoria del Reglamento que establece las condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas, aprobado por el Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre, y tiene por objeto regular las condiciones, contenido y formatos de los estudios y certificaciones a los que se hace referencia en los citados artículos.

Dependiendo de su tipología, la Ordenl clasifica las estaciones radioeléctricas en:

ER1: estaciones radioeléctricas ubicadas en suelo urbano, con potencia isotrópica radiada equivalente superior a 10 vatios.

ER2: estaciones radioeléctricas ubicadas en suelo urbano, con potencia isotrópica radiada equivalente inferior o igual a 10 vatios.

ER3: estaciones radioeléctricas ubicadas en suelo no urbano, con potencia isotrópica radiada equivalente superior a 10 vatios, en cuyo entorno existan áreas en las que puedan permanecer habitualmente personas.

ER4: estaciones radioeléctricas ubicadas en suelo no urbano, con potencia isotrópica radiada equivalente inferior o igual a 10 vatios, en cuyo entorno existan áreas en las que puedan permanecer habitualmente personas.

La citada Orden establece la obligatoriedad, por parte de los operadores, de presentar ante el Ministerio de Ciencia y Tecnología un estudio detallado, realizado por técnico competente, que indique los niveles de exposición a emisiones radioeléctricas en áreas cercanas a instalaciones en las que puedan permanecer habitualmente personas.

Para las estaciones tipo ER1 ER2, cuando en el entorno de 100 metros de las mismas existan espacios considerados sensibles (guarderias, centros de educación infantil, primaria, centros de enseñanza obligatoria, centros de salud, hospitales, parques públicos y residencias o centros geriátricos) el estudio tendrá en consideración la presencia de dichos espacios, para lo que se justificará la minimización de los niveles de exposición sobre los mismos, según lo previsto en el artículo 8.7 del Reglamento y se aportarán los niveles de emisión radioeléctrica calculados, teniendo en cuenta los niveles de emisión preexistentes en dichos espacios.

COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS DE TELECOMUNICACIONES

Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación

Excmo. Sr.:
Como Decano del Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación y con relación a las condiciones de funcionamiento de las estaciones base de telefonía móvil y los efectos de las emisiones radioeléctricas producidas por estas instalaciones sobre la salud de las personas, con mucho gusto le manifiesto lo siguiente:
• • La libre competencia en el sector de las telecomunicaciones y, en particular, en la telefonía móvil, se ha traducido en una mayor diversidad de ofertas de servicios que requieren la existencia de un importante número de instalaciones radioeléctricas para proporcionar los niveles adecuados de calidad y cobertura.
• • Las ondas electromagnéticas son el medio de propagación que hace posible las comunicaciones de telefonía móvil, al igual que de otros sistemas de telecomunicación (radiodifusión y televisión, emisoras de radioaficionados, comunicaciones móviles terrestres, marítimas o aeronáuticas, radioenlaces, etc) y constituyen un tipo de emisión radioeléctrica no ionizante, pues su energía es de un nivel varios millones de veces inferior al necesario para ionizar un átomo de materia, y que, por debajo de unos determinados valores, no son perjudiciales para la salud.
• • Por el contrario, existen otro tipo de emisiones, las ionizantes (rayos X y rayos gamma liberados por la materia radiactiva) que sí producen la ionización de los átomos de la materia, pero éste no es el caso que nos ocupa.
• • Resulta muy frecuente confundir un tipo de emisiones electromagnéticas con otras, debiendo quedar claro que, en lo relativo a las no ionizantes, que son el medio de propagación de las telecomunicaciones, los numerosos estudios científicos existentes concluyen que, por debajo de unos ciertos valores, no hay evidencia de que sean perjudiciales para la salud.
• • La clave está, por lo tanto, en que estas emisiones radioeléctricas que sustentan las telecomunicaciones, no superen unos valores de potencia máximos.
• • Existe una Recomendación europea en este sentido (Recomendación del Consejo 1999/519/CE, de 12 de julio de 1999, relativa a la exposición del público en general a campos electromagnéticos (0 Hz a 300 GHz). Diario Oficial nº L199 de 30/07/99, pp: 0059-0070) que establece unos valores máximos de determinados parámetros, 50 veces por debajo de los que científicamente se han comprobado que son inocuos.
• • El Gobierno está adaptando nuestra normativa legal a esta Recomendación europea, respetando todo su contenido. Esta normativa debe satisfacer los deseos de la sociedad y su cumplimiento riguroso debería tranquilizar a los ciudadanos respecto de las instalaciones de sistemas de telecomunicación.
• • Otros países del entorno europeo y mundial ya han superado este debate, y se ha producido un compromiso entre el Estado y la sociedad para aceptar una normativa, como la que se está a punto de publicar en España.
• • Este Colegio Oficial considera prioritario garantizar la salud de los ciudadanos, pero entendiendo que en las condiciones anteriormente descritas no existe tal riesgo para la salud, sí que advierte que un debate injustificado sobre este particular puede poner en peligro la incorporación de España a la Sociedad de la Información, pieza básica en el desarrollo futuro .
• • Hasta donde sabemos en este Colegio Oficial y basándonos, entre otras, en las medidas realizadas por la Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Telecomunicación de Barcelona de la UPC sobre diferentes estaciones base elegidas aleatoriamente, los actuales operadores de telefonía móvil están realizando sus instalaciones con arreglo a la Recomendación europea. Pero, en todo caso, nuestros ingenieros pueden medir y certificar los niveles de emisión realmente existentes.
• • Prácticamente todos los informes existentes sobre este asunto se encuentran recopilados en el web del COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS DE TELECOMUNICACIÓN, http://www.iies.es/teleco.
Confiando en que la información que le hemos facilitado sea de utilidad y ayude a encauzar un debate que no retrase la incorporación de sus vecinos a la Sociedad de la Información sin una razón sólida, quedamos a su disposición para cualquier aclaración o colaboración profesional de nuestros colegiados y le envío un cordial saludo.

Enrique Gutiérrez Bueno
Decano del Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación
Madrid